| Preguntas Frecuentes |
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Su empresa debe tributar en Primera Categoría, tener al menos un (1) trabajador contratado (o con sueldo patrimonial) y contar con un monto disponible del beneficio SENCE. Además, no deberá presentar deuda fiscal alguna.
Para cursos cerrados, no existe un mínimo de alumnos. No obstante y para que sea rentable para la empresa o institución que solicita la actividad de capacitación se sugiere un mínimo de 8 alumnos.
La franquicia que otorga el Servicio Nacional de Capacitación y empleo es un incentivo tributario creado para promover el desarrollo de programas de capacitación al interior de las empresas. Esta franquicia permite a las empresas hacer uso de un descuento o rebaja tributaria, u obtener la recuperación de la inversión en Capacitación, al momento de presentar su declaración anual de impuestos a la renta en el SII.
La cobertura Sence depende tanto de horas asociadas al curso como de la renta imponible del trabajador. Sence otorga una devolución máxima de $4.000 por hora dedicada al curso, siendo esta castigada según la renta imponible del trabajador, de acuerdo a la siguiente tabla:
La inscripción a un curso se realiza completando una ficha de inscripción, cuya entrega puede efectuarse vía carta, fax, e-mail o personalmente en cada sede.
El curso o actividad de capacitación se denomina cerrado cuando es diseñado y preparado para ejecutar a personal de una misma empresa o institución.
Los cursos se realizan en lugares y horarios a convenir, es decir, existe la posibilidad de dictar un curso en las dependencias de una empresa. No obstante, el Instituto Virginio Gómez cuenta en todas sus sedes con infraestructura debidamente habilitada para un desarrollo satisfactorio. |



